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Ante las dudas que suelen generarse al respecto, te estaremos respondiendo en detalle acerca de estos asuntos que generan duda, confusión e incertidumbre.
Existen dos grandes ramas de indemnizaciones referidas al mundo laboral:
En el primer caso, se valora como afectan las secuelas derivadas de un accidente laboral en la realización de su actividad laboral distinguiendo así diversos grados en función de los cuales el trabajador recibirá una indemnización o una pensión. Puedes ver más información a este respecto en este we dedicada a las incapacidades permanentes
Por el contrario, cuando la lesión tuvo lugar a raíz de una negligencia de la empresa por omitir medidas de seguridad o brindar al empleado la capacitación adecuada para evitarla, la reclamación es contra la empresa, la cual deberá responder, conjuntamente con su seguro de responsabilidad civil, por su omisión.
Para que una lesión medular sea considerada como accidente laboral y tengamos derecho a una indemnización significativa por ella, es necesario que se cumpla cualquiera de las siguientes condiciones:
Es decir, cuando se puede probar que el empleador no dispuso de todas las medidas de seguridad correspondientes para evitar el accidente laboral, se podrá hacer la reclamación si el accidente deriva en una lesión medular.
Existe otra posibilidad, la cual corresponde ser reclamada a la mutua, que consiste en la reclamación de una indemnización por accidente laboral incluso cuando la responsabilidad es exclusivamente del trabajador. La cuantía en estos casos es mucho menor que si parte de la culpa hubiera sido del empleador. De todos modos, es un derecho del que todo trabajador dispone.
Además de la indemnización por el accidente laboral, se puede reclamar lo que se denomina recargo de prestaciones. Esto es posible cuando se le pide a la empresa que le pague al trabajador hasta un 50% más de la totalidad de las prestaciones que se le hayan otorgado. Por ejemplo, si te han asignado una prestación por concepto de incapacidad temporal mientras duraba tu baja laboral, podrás pedirle a tu empresa que te pague hasta el 50% de lo que cobras por dicho concepto. Para hacer efectiva esta reclamación, será necesario que presentes una denuncia en la Inspección de Trabajo, quien actuará de oficio en todos los casos, a excepción de los accidentes laborales graves.
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