Indemnización por lesión medular por accidente de tráfico

Indemnizaciones y ejemplos

Por desgracia la causa más frecuente que provoca lesiones medulares postraumáticas es el accidente de tráfico. Las indemnizaciones derivadas de estas lesiones tan graves que provocan una invalidez severa , deben contemplar una serie de conceptos que requieren de una gran especialización y conocimientos.

 

El baremo que regula las indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico establece una serie de consideraciones que tratan de compensar los daños sufridos. Obviamente cuando se trata de lesiones medulares y de otras lesiones de gravedad no hay dinero en el mundo que compense dichas lesiones pero al menos se trata de tener en cuenta los gastos y necesidades futuras que va a tener el lesionado .

De esta forma, para el cálculo de una indemnización por lesión medular se tienen en cuenta otros conceptos además de los habituales que se valoran en lesiones de menor gravedad. Se tienen en cuenta principalmente las necesidades futuras de ayuda de terceras personas, gastos de rehabilitación y una serie de conceptos que pasamos a enumerar:

Conceptos indemnizatorios en una indemnización por lesión medular

  1. Lesiones temporales 
  2. Secuelas por perjuicio psicofísico y estético (Art. 95 y ss) 
  3. Daños morales complementarios perjuicio psicofísico (Art. 105) 
  4. Daños morales complementarios perjuicio estético (Art. 106) 
  5. Perjuicio moral pérdida calidad de vida muy grave (Art. 107) 
  6. Perjuicio moral familiares (Art. 110) 
  7. Gastos previsibles asistencia sanitaria (Arts. 113 y 114). Asunción del coste.
    • Tabla 2.c.1. Código F01002.
    • Importe máximo anual: 40.000 €.
    • Esperanza de vida según PEIB2014 y Tabla TT2 de las BTA del Art. 48
  8. Rehabilitación domiciliaria (Art. 116)
    • Límite Tabla 2.C: 9.830,95 € año
    • Factor actuarial conversión TT1 (Art. 116.5)
  9. Ayudas técnicas (Art. 117). Tabla 2.C
  10. Adecuación de vivienda (Art. 118)
  11. Ayuda de tercera persona (Arts. 120 y ss)
    • Horas diarias de ayuda. Tabla 2.C.2 (Art. 123). A01002(Art. 116.5)
  12. Lucro cesante (Arts. 127 y ss)
    • Esperanza de vida (PEIB2014 y Tabla TT2)
    • Edad jubilación: 67 años.

Ejemplo de indemnización por Tetraplejia

Tomamos un caso real de una indemnización por lesión medular donde se calculan todos los conceptos mencionados arriba en función de la edad del lesionado y de su situación económica:

Indemnización por tetraplejia
Monto
LESIONES TEMPORALES
26.129,98 €
SECUELAS: PERJUICIO PERSONAL BÁSICO
422.360,89 €
SECUELAS: PERJUICIO PERSONAL PARTICULAR
430.449,00 €
PERJUICIO PATRIMONIAL: DAÑO EMERGENTE
1.403.593,03 €
LUCRO CESANTE
47.537,00 €

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